La normativa fue promulgada en 2017, luego de que se hiciera público el caso de un perro que murió tras ser golpeado brutalmente, conocido como Cholito.
Los tres responsables del maltrato del animal fueron sentenciados por el ataque a Cholito y también a un perro llamado Rocky. El tribunal sentenció a Joseline Cataldo y a su pareja Franco Núñez, como autores materiales de la agresión, a una pena remitida de 100 días de prisión.
Otra de las imputadas: Rosa Jadue, fue sentenciada a pagar una multa de 40 UTM, es decir, unos dos millones de pesos, al ser sindicada como responsable de incitar la agresión mortal al animal.
La Ley Cholito estable que la persona que tenga una mascota deberá:
Califica como maltrato animal toda acción u omisión (ocasional o reiterada), que injustificadamente causara daño, dolor o sufrimiento a un animal.
El abogado de Grupodefensa.cl Sabas Chahuán recalca que la normativa no sólo considera maltrato el daño físico a un animal, sino que también su abandono y no brindarle los cuidados que requiere.
Las penas se categorizan en relación a lo que se le haya hecho al animal.
Pena de presidio menor en su grado mínimo a medio (de 60 días a 3 años de prisión) y multa de 10 a 30 UTM, es decir, entre 490 mil a 1.500.000 pesos aproximadamente. Además, de la inhabilidad para la tenencia de cualquier tipo de animal.
Pena de presidio menor en su grado medio (de 541 días a 3 años) y multa de 20 a 30 UTM, cerca de 100 mil a 1.500.000 pesos. También, arriesga la inhabilidad para tener un animal.
“La Ley Cholito establece dos caminos en el caso de denunciar. Por un lado, tenemos el maltrato hacia los animales, pero también la normativa indica que los dueños deben tomar todas las medidas de seguridad para salvaguardar la integridad física de sus animales y a través de este cuidado evitar que puedan ocasionarles daños o lesiones a terceras personas”, explicó el abogado.
Estos delitos se pueden denunciar a través de la Fiscalía, Carabineros y la PDI. Los temas de maltrato animal también se pueden tramitar vía administrativa a través de los Juzgados de Policía local, entidad que tiene la facultad para catalogar de fiero o peligroso a un animal.
La legislación chilena considera a los animales bienes muebles, la misma categoría, por ejemplo, que objetos que se encuentran en el hogar, como un televisor. Por ende, si un tercero lástima o maltrata a su mascota podría considerarse daño a la propiedad. Es importante denunciar y buscar que el responsable sea sancionado. También, podría solicitar una indemnización incluso por daños y perjuicios.