Te ayudamos con el Cuidado Personal de tus hijos
Nuestro objetivo primordial será preservar el desarrollo y estabilidad emocional de los niños.
¿Cómo podemos apoyarte?
Dependiendo de tu situación particular, podemos ayudarte con estas opciones:
Cuidado Personal
Corresponde a ambos padres, quienes deben criar y educar a sus hijos. Sin embargo, hay situaciones en las cuales, por el bienestar del niño o niña, éste se debe radicar en uno de los padres o incluso un tercero.
Modificación del Cuidado Personal
Solicitado en tribunales por uno de sus padres o por un tercero en caso de que haya inhabilidad física o moral de ambos padres. Se privilegiará los consanguíneos más próximos, en especial a los abuelos.
Regularización de Cuidado Personal
Consiste en formalizar judicialmente una situación de hecho, que puede ser presentada por uno de los padres o por incluso un tercero.
Requisitos
Si te encuentras en las siguientes situaciones podrás presentar una demanda de cuidado personal:
Tienes un hijo o hija menor de edad que no vive contigo, o es un nieto u otro miembro de tu familia menor de edad.
No estás de acuerdo en la forma en que está siendo cuidado por quien lo tiene a su cargo.
Existe una vulneración o riesgo de vulneración de sus derechos, lo que pone en peligro el bienestar de ese niño o niña.
Soluciones legales a tu medida
Nos preocupamos de regular el cuidado personal de los hijos con el objetivo primordial de preservar el desarrollo y estabilidad emocional cuando los padres se separan.
Esto implica la responsabilidad de satisfacer las necesidades físicas, emocionales y sociales, así como proporcionar un ambiente seguro e integral.
Garantizar este derecho es esencial para el desarrollo integral de los niños y niñas en Chile y para fomentar relaciones familiares saludables y duraderas.
¿Por qué confiar en GrupoDefensa.cl?
Desde que nos contactas, hasta la resolución del caso e incluso después, nuestros abogados especialistas están disponibles para escucharte, guiarte y defenderte.
Atención personalizada
Nuestros abogados revisarán tu caso y diseñarán una estrategia que vaya acorde a tus objetivos.
Solicitud de documentos
Se deberá reunir y presentar la documentación solicitada.
Inicio del proceso
Se hará la presentación en tribunales y se deberá asistir a las citaciones judiciales.
Resolución y Término
Esperar la decisión del tribunal y verificar en conjunto si se está conforme o si se desea apelar.
Preguntas Frecuentes
¿Qué es el cuidado personal?
Corresponde al cuidado personal de la crianza y educación de los hijos.
¿Los padres pueden determinar quién tendrá el cuidado personal de los hijos?
Ambos podrán determinar de común acuerdo que el cuidado personal de los hijos corresponderá al padre, a la madre, o a ambos de forma compartida.
¿Puede mi hijo decidir con quién vive?
No. La decisión la toman los padres y si no hay acuerdo entonces de debe demandar para que el juez de familia lo determine, siempre escuchando a los hijos y considerando su opinión.
¿Es importante oficializar el cuidado personal de los hijos?
Siempre es importante oficializar situaciones de hecho porque las circunstancias van cambiando sobre todo en los temas de familia.
¿Qué pasa si no hay acuerdo?
Una de las partes deberá interponer una demanda de cuidado personal (o tuición), con el fin que el juez competente pueda fallar en base al interés superior del hijo (a) o hijos. Previo a este proceso, debe haber una mediación familiar.
¿Puede un tercero pedir el cuidado personal de un niño?
Sí, siempre que padre y madre estén inhabilitados física o moralmente y que el tribunal de familia lo ordene.
¿Necesito pasar por mediación para demandar cuidado personal?
Sí, cada vez que se regule o modifique el cuidado personal, se debe pasar por un proceso de mediación previa.
¿Qué criterios debe considerar para otorgar el cuidado personal?
El juez de familia siempre privilegiará el interés superior del niño o niña. La situación económica no es determinante para otorgar o negar el cuidado personal de los hijos.