Pensión de Alimentos con abogados expertos
Buscamos garantizar siempre el interés superior del hijo o hija como prioridad absoluta.
¿Cómo te podemos ayudar con tu Pensión de Alimentos?
Fijación de la Pensión de Alimentos
Se regula judicialmente la Pensión de Alimentos a fin de formalizar una situación de hecho o porque no existe acuerdo en cuanto al monto de la pensión.
Se puede hacer a través de mediación previa o de un proceso judicial.
Consideraciones para la fijación:
Tienes un hijo o hija menor de 21 años o mayor de 21 y que esté estudiando.
El padre o madre que no vive con tu hijo no aporta para sus gastos.
El padre o madre que no vive con tu hijo aporta, pero no estás de acuerdo con el monto.
Quieres regularizar una situación de hecho, para asegurar su cumplimiento.
Cumplimiento en el pago de la Pensión de Alimentos
Es fundamental porque en este caso se ven los reajustes a la Pensión de Alimentos o eventual incumplimientos. Esto se revisa directo en los Tribunales de Familia.
¿Cuándo aplica?:
Si ya regularizaste la pensión y no te pagan la totalidad del monto acordado u ordenado por el tribunal.
Cese de la Pensión de Alimentos
Tiene lugar cuando han desaparecido los requisitos que la ley establece para que se fije una Pensión de Alimentos.
¿Cuándo aplica?:
Tu hijo o hija es mayor a 21 años y no está estudiando.
O tu hijo o hija es mayor de 28 años.
Modificación de la Pensión de Alimentos
Ocurre cuando cambiaron las circunstancias que se consideraron al momento de fijar la Pensión de Alimentos.
¿Cuándo se puede solicitar?:
Aumentaron las necesidades de tu hijo o hija.
Te quedaste sin empleo.
Fuiste madre o padre de un nuevo hijo o hija.
Soluciones legales a tu medida
Somos especialistas en la tramitación en tribunales de casos relacionados con la pensión de alimentos, garantizando siempre el interés superior del niño como prioridad absoluta.
Te brindaremos asesoramiento experto y representación legal sólida en cada etapa del proceso.
¿Por qué confiar en GrupoDefensa.cl?
Desde que nos contactas, hasta la resolución del caso e incluso después, nuestros abogados especialistas están disponibles para escucharte, guiarte y defenderte.
Atención personalizada
Nuestros abogados revisarán tu caso y diseñarán una estrategia que vaya acorde a tus objetivos.
Solicitud de documentos
Se deberá reunir y presentar la documentación solicitada.
Inicio del proceso
Se hará la presentación en tribunales y se deberá asistir a las citaciones judiciales.
Resolución y Término
Esperar la decisión del tribunal y verificar en conjunto si se está conforme o si se desea apelar.
Preguntas Frecuentes
¿Qué es la pensión de alimentos?
Es una cantidad de dinero que debe pagar el padre o madre que no vive con su hijo o hija para que subsista adecuadamente, resguardando su interés superior, la autonomía progresiva y el desarrollo integral del niño, niña y adolescente.
¿Puedo pedir lo que yo quiera como pensión de alimentos?
El monto dependerá de las necesidades del niño o niña y la capacidad de pago del padre o la madre.
¿La pensión de alimentos debe ser para todos los hijos por igual?
No. la pensión se determina conforme a las necesidades de cada hijo, considerado en su individualidad como persona.
¿El padre y la madre deben aportar la mitad de los gastos de los hijos?
No, la ley establece que el padre y la madre deben aportar de acuerdo a su capacidad económica.
¿Qué gastos cubre la pensión de alimentos?
Es un concepto amplio que no sólo se restringe al alimento sino también a los gastos necesarios para que el niño, niña o adolescente subsista adecuadamente e incluye, por ejemplo, vestuario, movilización, salud y educación.
¿Hasta qué edad se puede demandar pensión de alimentos?
Los hijos e hijas serán beneficiarios hasta que cumplan 21 años, salvo que estén estudiando. En este caso, la pensión se extenderá hasta que cumplan los 28 años.
¿Qué pasa si un hijo tiene una incapacidad física o mental que lo inhabilite a subsistir por sí solo?
En este caso se podrá demandar una pensión de alimentos, independiente de la edad.
¿Puedo pedir pensión de alimentos para gastos de recreación?
Sí, la pensión de alimentos también debe considerar aquellos gastos.
¿Puedo demandar a los abuelos de mi hijo por alimentos?
Sí, pero antes debe haber sido demandado el padre o madre que no vive con los hijos, y en caso de que no pague o la pensión decretada o ésta sea insuficiente, entonces se podrá demandar a los abuelos.
¿Si alcanzo un acuerdo en mediación o firmado en notaría, puedo pedir apremios si no se cumple el pago de la pensión?
Sí, ya que los acuerdos tienen el mismo valor legal que una sentencia judicial.
¿Qué puedo hacer si el padre de mi hijo miente en la mediación en cuanto a sus ingresos?
En este caso es recomendable no llegar a acuerdo y demandar para averiguar los reales ingresos del demandado.
¿Estoy obligado a llegar a acuerdo en mediación o dentro del mismo juicio?
No es necesario porque el acuerdo requiere la voluntad de ambas partes.
¿Se requiere contar con un abogado para presentar la demanda de alimentos?
Sí, se necesita siempre un abogado para demandar, salvo que el juez haga una excepción por motivos fundados.